Qué coberturas ofrece un seguro de hogar


04.10.2013

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Igual que sucede con los seguros de los coches, para el hogar se puede contratar desde la póliza más básica que cubre daños materiales en el continente hasta una multiriesgo que proteja nuestra vivienda de casi todos los imprevistos que nos podamos imaginar.


Entre las garantías más básicas que ofrecen los seguros de hogar están las que se hacen cargo de los daños producidos por:
 

Incendio, explosión y humo: cubre los daños ocasionados en la vivienda, por el capital asegurado, como consecuencia de un incendio o de una explosión o de la presencia de humo, en este caso, aunque el incendio que lo origina tenga lugar fuera de la vivienda asegurada.

 

Fenómenos atmosféricos: la aseguradora se haría responsable de los gastos ocasionados por la caída de rayos, o de los provocados por viento, pedrisco o nieve.

 

Daños por agua : se garantiza que se cubrirán los daños ocasionados por lluvia, inundación o escapes de agua.

 

Robo: la indemnización por robo cubre el valor de los bienes sustraídos así como los gastos de reparación de los desperfectos ocasionados en la vivienda. En caso de que los objetos del robo hayan sido joyas o dinero en efectivo se tendrán que tener en cuenta las condiciones particulares de la póliza ya que muchas compañías establecen un límite máximo o un porcentaje del valor declarado para dichos objetos.

 

Roturas : mediante esta cobertura el seguro se hace cargo de la sustitución de lunas y cristales en caso de rotura.

 

Otras coberturas adicionales habituales que se pueden contratar en la póliza de seguro de hogar son las siguientes:

 

Responsabilidad civil: el seguro asume la reparación de los daños ocasionados a terceros producidos desde la vivienda asegurada.

 

Asistencia en el hogar : en este caso, la aseguradora pone a disposición del asegurado los servicios profesionales que sean necesarios para la reparación de daños ocurridos por alguno de los supuestos incluidos en la póliza como pueden ser fontaneros, electricistas o cerrajeros.

 

Asistencia jurídica : cubre los gastos ocasionados por la defensa jurídica del asegurado siempre y cuando los hechos que originen la necesidad de esta prestación estén relacionados con la cobertura del seguro.

 

 

Existe la posibilidad de ampliar aún más el seguro con coberturas como la de placas solares, el robo de objetos de valor o asegurando los vehículos que se encuentren en el garaje, entre otras.

 


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