Un nuevo tratamiento de la deuda de las empresas viables, a la vuelta de la esquina


05.03.2014

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El Gobierno ha anunciado que próximamente aprobará una nueva regulación que supondrá un giro en el actual tratamiento legal que se da a la deuda de las empresas que tienen dificultades para devolver la misma. Con ello, el Ejecutivo busca evitar el cierre de todas aquellas compañías que no pueden devolver la totalidad de sus deudas pero sí que tienen viabilidad económica tanto por su cuota de mercado como por sus expectativas de beneficios en caso de efectuar los convenientes ajustes. 

 La pieza clave de esta reforma legal consistirá en romper la regla de la unanimidad que rige actualmente los acuerdos entre la empresa deudora y sus acreedores. Si la nueva ley sale como se ha anunciado, a partir de ella bastará con el voto del 75% de los acreedores (no está claro si será el 75% de los acreedores o de los acreedores que representen el 75% de la deuda) para llegar a acuerdos sobre

·         la refinanciación de la deuda, es decir plazos, tipos de interés, quitas,

·         la capitalización de deuda, con lo que los acreedores se convertirían en accionistas de la empresa.

 En caso de que se alcance un acuerdo respaldado por el 75% de los acreedores este será vinculante para la minoría disidente que, si el acuerdo es ese, se convertiría en accionista.

 Si lo que se conoce hasta ahora se confirma se producirían unos cambios de gran importancia entre los que cabe destacar dos.

 El primer cambio es que se podrán paralizar ejecuciones singulares. ¿Supondrá esto que, por ejemplo, si existe una hipoteca sobre un bien de la empresa imprescindible para su producción y continuidad, esa hipoteca no se podrá ejecutar? Habrá que verlo, pero de ser así sería muy importante puesto que actualmente las hipotecas gozan de una protección jurídica especial que permite su ejecución cuando se han producido impagos y el acreedor lo decide.

 El segundo cambio importante anunciado es que el dinero que entre nuevo en la sociedad gozará de una garantía especial. Este cambio es clave porque hasta ahora a una empresa con dificultades para pagar sus deudas le resultaba muy difícil encontrar dinero nuevo ya que éste podía ser destinado a pagar las deudas anteriores y no a mejorar la situación de la empresa y los nuevos prestamistas se encontraban con que su dinero entraba en un pozo sin fondo del que no era previsible recobrar lo prestado.

 La nueva norma creará un incentivo para que los bancos acreedores faciliten este tipo de acuerdos porque las provisiones que tendrá que dotar serán inferiores con acuerdo que sin él.

 Una de las instituciones que más se ha esforzado para que esta normativa se haga realidad ha sido el Fondo Monetario Internacional que ha insistido varias veces en que se facilite a las empresas insolventes pero viables las reestructuraciones de sus deudas que les permitan seguir existiendo.

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