consejos fiscales

10 consejos fiscales a seguir antes de que acabe el año


25.11.2015

Escrito por: Redacción


Los economistas del REAF-REGAF, órgano especializado del Consejo General de Economistas,acaban de publicar un manual con 80 recomendaciones para que los contribuyentes puedan rebajar su factura fiscal en Renta y Sociedades antes de cerrar el ejercicio.

No olvidemos que este año entró en vigor una importante reforma fiscal y que por tanto, es importante tomar nota de dichas recomendaciones para saber si afrontamos el cierre del año en las mejores condiciones.

Resumimos aquí las 10 recomendaciones más importantes en el caso de IRPF y dejamos adjunto el documento íntegro de recomendaciones fiscales para su consulta (hay hasta 40 recomendaciones para este tributo):

1. Despidos

En caso de ser despedido es importante que el contribuyente acuda al Servicio de Mediación,Arbitraje y Conciliación (SMAC) para que la indemnización quede exenta.

Pero los expertos recuerdan que los trabajadores despedidos pierden la exención tributaria en el caso de que los vuelva a contratar antes de tres años la misma empresa o una compañía del mismo grupo.

Mucho cuidado por tanto con seguir los pasos adecuados en caso de despido y respetar los tiempos para volver a la misma si no queremos tener un susto en forma de factura fiscal.

2. Rescate del plan de pensiones

Ya sabe que las aportaciones reducen la base imponible del IRPF.También hay ventajas fiscales cuando se rescata el dinero invertido antes de 2007 pero existen unos plazos que hay que tener muy en cuenta.

Los partícipes que se jubilaron antes de 2010 o en ese mismo año, podrán beneficiarse de un 40% de exención como rendimiento de trabajo de las aportaciones realizadas si los rescata antes del 31 de diciembre de 2018.

Si la jubilación se produjo entre 2011 y 2014, el cobro de la prestación con derecho a reducción deberá realizarse antes del octavo ejercicio siguiente al año de jubilación.

Y todos aquellos que han entrado en la edad de jubilación en 2015, deberán rescatar sus ahorros en forma de capital antes del 1 de enero de 2018 para aplicar el beneficio tributario.

Los expertos de lREAF-REGAF también recomiendan que antes de rescatar el plan de pensiones se tenga en cuenta las cuantías de otras rentas que vayan a la base general,porque “se sumarán a las del rescate y determinarán el tipo medio impositivo.Interesa efectuar el rescate el año en el que el resto de las rentas sea menor”.

Si se es titular de un Plan Individual de Ahorro Sistemático (PIAS) en principio se podía rescatar como renta vitalicia a partir del décimo año de la primera aportación. En 2015, si se han cumplido cinco años de ésta, ya puede rescatarlo beneficiándose de la exención de la renta generada.

Si ya está cobrando pensiones de un país extranjero, recuerde que en el IRPF se tributa por la renta mundial y por lo tanto, tendrá que incluir esos rendimientos.

3. Renta en especie

Conviene para el trabajador sustituir rentas dinerarias por determinadas rentas en especie si la valoración es beneficiosa y si se trata de rentas que no tributan IRPF– sícotizan a la SS – como tarjetas de transporte, cheques restaurante o seguros médicos para el trabajador, su cónyuge e hijos.

En 2016, se amplía el límite de los pagos por estas pólizas de 500€/año a 1.500€/año en el caso de personas discapacitadas.

4. Rendimiento capital inmobiliario

Pudiendo elegir entre reconocerlo a finales de 2015 o en los primeros días de 2016, es más interesante fiscalmente la segunda opción por dos motivos:uno, en este caso se integrará en el IRPF que se presente a mediados de 2017 y segundo, la escala de ahorro para 2016 se reduce medio punto porcentual en cada tramo.

5. Trasmisión vivienda habitual

Si está próximo a cumplir los 65 años y se plantea transmitir la vivienda habitual, si hay plusvalía tácita quizá sea más conveniente esperar a cumplir los 65 años porque de esta manera quedará exenta la ganancia patrimonial que se produzca.

Eso sí, tendrá que pagar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), un gravamen municipal.

6. Autónomos

Si desarrolla una actividad económica en su vivienda habitual puede deducirse ciertos gastos como el IBI, la tasa de basuras o los de comunidad vecinal según los metros cuadrados destinados a la actividad.

Según el criterio administrativo de una reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), los gastos de suministros que no estén separados como luz,teléfono, fibra óptica se pueden también deducir en función no solo de los metros cuadrados sino del número de horas de la jornada que se dedican a la actividad.

7. Compensar ganancias patrimoniales

Si en 2015 tuvo ganancias de patromino por la transmisión de un inmueble o de acciones se puede rebajar el coste del IRPF transmitiendo otros elementos patrimoniales en los que se tenga pérdidas latentes, incluso aunque se trate de valores adquiridos con menos de un año, porque estas pérdidas ser estarán de las ganancias anteriores.

8. Deducción por vivienda

La deducción por la compra de una vivienda desapareció en 2013 pero los contribuyentes que la compraron antes y estén amortizando un préstamo por ello (o sea una hipoteca) les puede convenir agotar el importe máximo de la deducción de 9.040 euros anuales con un pago extraordinario del  cuota a fin de maximizar esta ventaja fiscal.

La deducción es del 15% y, por lo tanto, los contribuyentes que aplican este beneficio fiscal pueden reducir su factura tributaria en 1.356 euros

9. ¿Su actividad económica tuvo o tendrá beneficios?

Si espera cerrar 2015 con ganancias le interesa invertirlas en nuevo material inmovilizado y deducirse un 5% de la cuota.

Si tuvo beneficios en el ejercicio anterior y no realizó la inversión ese año, tiene hasta final de 2015 y así se aplicará la deducción del 10% en general o del 5% en los casos especificados.

10. Ventajas fiscales en su CC.AA.

Conozca todas las deducciones posibles que contempla su comunidad porque igual está a tiempo de tomar una decisión antes de final de año que le ayude a rebajar la cuota autonómica.

Descargar el informe completo con las 80 Recomendaciones fiscales de REAF- REGAF para 2015 (pdf)

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