donar o heredar

¿Donar o heredar? ¿Qué conviene más según la comunidad autónoma?


11.10.2017

Escrito por: Redacción


Un andaluz antes de recibir la herencia debe pagar a Hacienda un impuesto de sucesiones equivalente al 17% del patrimonio a heredar, mientras que un canario en las mismas circunstancias paga un 0,017%. Las diferencias de tributar en una u otra son notables. Por eso, os hemos explicado en anteriores post qué es y cómo funciona este tributo cedido a las comunidades autónomas.

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Ante estas diferencias entre una región y otra, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha analizado las opciones de donar en vida o heredar según las distintas comunidades autónomas. “Donar en vida puede suponer un gran ahorro en patrimonios elevados”, señalan.

¿En qué CC. AA. es mejor heredar o donar?

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Según el estudio y atendiendo a la residencia del donatario, desde el punto de vista fiscal:

  • Interesa donar: Aragón, Comunidad Valenciana, Murcia, Castilla-La Mancha, Andalucía y Asturias.
  • Interesa heredar: Galicia, Cantabria, Navarra, País Vasco, Castilla y León, La Rioja, Madrid, Extremadura, Cataluña, Baleares y Canarias.

¿Heredar o donar? ¿Qué compensa más según el bien?

También hay que tener claro que no todos los bienes son iguales a la hora de heredar o donar. En el caso de las donaciones, habrá que tener en cuenta la rentabilidad acumulada de los bienes que se van a donar.

El donante deberá tributar en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) al 19-23% por la ganancia generada desde la compra hasta el momento de la donación -excepto en el caso de la vivienda habitual de los mayores de 65 años-.

En el caso de sucesiones, la ganancia generada desde la compra hasta el momento de fallecimiento no tributa, es lo que se conoce como “plusvalía del muerto”.

A la hora de tomar una decisión entre heredar o donar, también hay que tener en cuenta las plusvalías o pérdidas que se han producido ese bien. Se pueden dar dos casos:

  • Los bienes con pérdidas. En una donación, las pérdidas no se pueden compensar con ganancias y así pagar menos en el IRPF. Otra alternativa es vender y compensar ganancias, materializar las perdidas y donar lo obtenido.
  • Los bienes con altas plusvalías que implican para el que dona pagar IRPF. En este caso es preferible dejarlos en herencia, ya que no habría que hacer ese pago de IRPF.

¿Heredar o donar inmuebles?

En lo que se refiere a los inmuebles, hay que hacer frente a la plusvalía municipal. En el caso de transmisiones mortis, es decir una sucesión, es algo inferior que inter vivos, a través de donación.

Así que en vista de la normativa fiscal, la donación no es aconsejable para donar la vivienda habitual. La mejor opción fiscal es la herencia, ya que suele estar exenta en el 95% de su valor, con un límite de 122.606 euros por heredero.

¿Compensa cambiarse de residencia fiscal?

A veces, surge la idea del cambio de residencia fiscal para pagar menos impuestos. Pero la norma general dice que los herederos deben aplicar la normativa del lugar donde hayas residido más tiempo en los últimos 5 años previos al fallecimiento. Así, en el caso de un cambio de residencia habrá que pasar al menos dos años y medio en el nuevo destino para que se aplique esa legislación.

Los cambios de residencia ficticios están cada vez más perseguidos, advierten desde la OCU. Entre las distintas vías que tiene Hacienda para descubrir el fraude, está comprobar los consumos de energía.

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Fuente: Grupo Abante Asesores/Cinco Días.

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