calendario dividendos

Calendario dividendos: descubre los próximos pagos de la bolsa española


13.12.2017

Escrito por: Redacción


Con la llegada del final del año y la entrada en el nuevo toca recoger beneficios en Bolsa vía dividendos. La última en anunciar el pago al accionista ha sido Repsol, que en enero remunerará con un dividendo de 0,388 euros o una acción nueva por cada 39 antiguas, como parte de su programa de dividendo flexible aprobado en la última junta general. De esta forma, los accionistas tienen la opción, a su libre elección, de recibir acciones liberadas de la cotizada de nueva emisión o un importe en efectivo mediante la transmisión a Repsol (si no han vendido en el mercado) de los derechos de asignación gratuita que reciban por las acciones que posean. Es lo que se conoce como scrip dividend o dividendo en especie.

Pero no es la única empresa cotizada española que pagará dividendos:

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¿Cuál es la fiscalidad de los dividendos?

El cobro de dividendos ha sufrido en los últimos años variaciones en el tratamiento fiscal. En  2015, la novedad fue que desapareció la exención en el Impuesto sobre la Renta de los primeros  1.500 euros recibidos como dividendos.  El cobro se considera ganancia patrimonial y tributa actualmente  al  19%  para  importes  de hasta  6.000  euros.  Entre 6.000 y hasta 50.000 euros se paga  el  21%,  y  a  partir  de 50.000 euros, hay que tributar por  el  23%  a  Hacienda.  Es  la misma fiscalidad que suponen las  ganancias  de  la  compra-venta de acciones.

La principal novedad para el ejercicio 2017 aplica a los derechos de suscripción preferente que llevan aparejadas las ampliaciones de capital y que son frecuentes en los ‘scrip dividend’: pasan a tributar de forma directa, como un dividendo normal. 

  • Hasta  ahora, el  ingreso obtenido rebajaba el precio de adquisición, con lo que se difería la tributación al momento en que se vendían las acciones, y sólo si el importe obtenido en su transmisión llegaba a ser superior al valor de adquisición de los valores de los cuales procedían tales derechos la diferencia se consideraba ganancia patrimonial.
  •  A partir de enero de 2017, se considera  una  ganancia  patrimonial que  tributa al porcentaje que corresponda según el importe. La retención la realizará la entidad depositaria.

Ejemplo de fiscalidad de dividendo

El Consejo General de Economistas pone un ejemplo para entender la tributación fiscal de los dividendos. Una empresa pone en marcha un scrip dividend con ampliación de capital. Como accionista, tienes tres opciones

1. Recibir una acción gratis por cada acción que tengas (la proporción varía según las condiciones que marca cada compañía).

2. Vender los derechos de asignación en el mercado, que cotizan, por ejemplo, a 0,70 euros.

3. Vender los derechos a la entidad a un precio fijo de 0,60 euros. 

Como accionista eres titular de 400 acciones que adquiriste  a 10 euros. ¿Cuánto y cuándo pagarías a Hacienda?

Si opta por la primera opción recibirá 400 acciones gratis. Las 400 que tenías estaban valoradas a 4.000 euros y pasan a tener 800 con el mismo valor total de 4.000 euros. Sin embargo, cada título en vez de contabilizarlo a 10 euros a efectos del precio de compra pasan a ser valorados a 5 cada uno (4.000/800).

Si tomas la segunda opción, venderás 400 derechos a 0,70 y recibirás 280 euros. Si la operación se hubiera realizado en 2016 las 400 acciones que tenía valoradas a 4.000 euros pasarán a estar valoradas en 3.720 euros (4.000-280). Si la operación se realizara en 2017 ya no hay reducción en el importe de compra.

Recibirá igualmente un bruto de 280 euros, pero el neto será de 226,80 euros, (280-53,20 euros de retención), como si fuera un dividendo. 

Si vende los derechos  a la empresa recibirá  un importe bruto de 240 euros y un neto de 194,40 (240-45,60 de retención), al tratarse como rendimientos  del capital mobiliario.  Las acciones seguirán valoradas en 4.000 euros.

 

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