impuesto digital

¿Qué es la 'tasa Google'?


08.05.2018

Escrito por: Redes Sociales


Una de las iniciativas del Gobierno para lograr más ingresos es la creación de un impuesto digital a grandes empresas, como Amazon, Google o Apple con el que se podría recaudar 600 millones en 2018, según las estimaciones del Ministerio de Hacienda.

El nuevo impuesto se aplicará únicamente a empresas con un elevado importe de ingresos anuales, de forma que no grave a las pymes, y solo gravará por los ingresos derivados de la prestación de determinados servicios digitales. De esta forma España se adelanta a la iniciativa europea del llamado impuesto digital, no sin levantar una multitud de reacciones de las empresas tecnológicas que consideran la tasa Google discriminatoria.

Impuestos a la economía digital

Para entender de dónde viene este nuevo impuesto es importante recordar que las multinacionales de la economía digital llevan tiempo en el punto de mira al considerar que han desarrollado esquemas sofisticados para diluir su actividad entre varios países y por ende su factura fiscal. De hecho la Comisión Europea (CE) estima que estas grandes empresas pagan menos de la mitad de la tasa efectiva de las compañías con modelos de negocios tradicionales: el 9,5% frente al 23,2%.

La propia CE reconocía en septiembre de 2017 que el sistema fiscal tradicional no puede afrontar el gravamen sobre beneficios para este sector y que las empresas de la nueva economía necesitan un entorno estable, competitivo y con un “sistema tributario nuevo, moderno, justo y predecible”. Como la economía digital es global, la UE también aboga por dar una respuesta multilateral. Por este motivo, desde la OCDE y el G20 pusieron sobre la mesa una solución definitiva a medio-largo plazo y otra transitoria, como un nuevo impuesto digital.

Hace unos meses, en marzo de 2018, la CE anunció una serie de iniciativas para regular la fiscalidad directa en el Mercado Único Digital que se componen de dos propuestas de Directiva y de una recomendación a los estados. Desde KPMG han realizado un detenido análisis en un documento especial titulado Tributación directa de la Economía Digital. Iniciativa UE, en el que se explica el impuesto:

 

Nuevo impuesto a la economía digital

Se plantea una nueva directiva europea para implantar un nuevo impuesto Digital Services Tax (DST) que grava las ventas (ingresos brutos) generados por una serie determinada de servicios digitales como son:

  • Actividades publicitarias online
  • Transmisión de datos recibidos de usuarios de la red
  • Explotación de plataformas digitales que favorezcan la interacción directa entre usuarios e intercambiar bienes y servicios (apps o webs P2P).

En este impuesto no se incluyen actividades como medios de pago por Internet, ventas por Internet (B2C) o la venta de contenidos digitales.

Se aplica solo a empresas con un volumen de ingresos anuales superior a 750 millones de euros y cuyos ingresos por actividades digitales gravadas por este nuevo impuesto en la UE superen los 50 millones de euros.

El impuesto será fijo del 3% y habrá que determinar reglas de localización de los usuarios (para repartir lo recaudado entre los Estados miembros). La CE propone que el impuesto sea considerado un gasto deducible en la base imponible del impuesto sobre beneficios (Impuesto de Sociedades) en el Estado donde se paga éste con independencia de dónde se haya pagado el impuesto Digital Services Tax (DST).

Medidas a medio-largo plazo

Las medidas a medio y largo plazo de la directiva buscan redefinir el concepto de establecimiento permanente y de las reglas de precios de transferencia para la atribución de beneficios.

Aquí aparecen conceptos como presencia digital significativa (PDS) asimilable como el concepto de establecimiento permanente (a efectos del impuesto sobre beneficios o Sociedades) y alternativo al de presencia física.

Se considera que existirá PDS en un Estado cuando se alcance al menos uno de los siguientes umbrales:

  • Ingresos por servicios digitales a usuarios allí localizados que superen los 7 millones de euros anuales
  • Se superen los 100.000 accesos de usuarios (allí localizados) al año
  • Más de 3.000 contratos online (B2B) en el año.

La CE espera que esta directiva, que antes debe pasar por el Consejo y el Parlamento Europeo, entre en vigor a partir del 1 de enero de 2020.

 

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