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Renta 2022: ¿En qué casilla de la renta se ponen las donaciones?


04.04.2023

Escrito por: Redacción


Si el año pasado has hecho una donación a una ONG, a una federación deportiva, a una fundación religiosa o a un organismo público de investigación, entonces te interesa saber en qué casilla de la Renta 2022 tienes que indicarlo.

Deducción en la declaración de la renta por donativos y otras aportaciones a sindicatos y partidos políticos

¿Qué deducciones permite la Ley de IRPF en concepto de donativos a fundaciones, ONG's o instituciones culturales? Para tener derecho a esta deducción es indispensable poder acreditar la efectividad de la donación realizada mediante certificación expedida por la entidad donataria.

Base de deducción

Porcentaje de deducción

Hasta 150 euros

80

Resto base de deducción

35

Tipo incrementado por reiteración de donaciones a una misma entidad

40

El porcentaje de la deducción es de un 80% para los primeros 150 euros y del 35% para el resto de la aportación. La normativa de IRPF, en base a la remisión expresa que hace a estos efectos a la Ley 49/2002 que regula el régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos, permite la aplicación de un 40% de deducción al resto del donativo que exceda de 150 euros en el caso de reiteración de donaciones a una misma entidad en los dos años inmediatamente anteriores siempre que en el año previo el importe donado hubiese sido igual o inferior al del propio ejercicio. El importe de esta deducción se consignará en la casilla 0723) con un límite del 10% de la base liquidable del ejercicio.

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Las aportaciones a actividades prioritarias de mecenazgo con límite del 15% de la base liquidable se consignan en la casilla 722 y los porcentajes de deducción también se elevan cinco puntos porcentuales:

Base de deducción

Porcentaje de deducción

Hasta 150 euros

85

Resto base de deducción

40

Tipo incremento por reiteración a una misma entidad

45

Consulta la lista de actividades prioritarias de mecenazgo en 2022.

En caso de donativos realizados a entidades no incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002, se contempla una deducción del 10% de las cantidades donadas a fundaciones legalmente reconocidas que rindan cuentas al órgano del protectorado correspondiente. Los donativos a fundaciones y asociaciones de utilidad pública no comprendidas en la Ley 49/2002 de 23 de Diciembre, se incluyen en la casilla 724.

Las cuotas de afiliación y aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones electorales dan derecho a una deducción del 20 por 100 de dicha cuota de afiliación (base máxima de esta deducción es de 600 euros anuales) y se incluyen en la casilla 725.

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Así, el total de las deducciones por donativos y otras aportaciones se consignan en las casillas 552 (parte estatal: el 50% de casillas [0722 + [0723] +[0724] + [0725]) y casilla 553 (parte autonómica: el 50% de casillas  [0722 + [0723] +[0724] + [0725]).

Deducción en la declaración de la renta por donaciones según comunidades autónomas

Puedes consultar en el Manual práctico de la Renta 2022 los límites máximos de deducción y requisitos que hay que cumplir.     

Aragón

Asturias

Baleares

Canarias

Cantabria

Castilla - La Mancha

Castilla y León

Cataluña

Galicia

Comunidad de Madrid

Murcia

La Rioja

Comunitat Valenciana

Andalucía

Andalucía: deducción por donativos con finalidad ecológica

El 10% de las cantidades donadas, con un límite de la deducción de 150 euros, a cualquiera a instituciones cuya finalidad sea la defensa y conservación del medio ambiente. Se anota en la casilla 0851.

Consulta las especificidades y requisitos

Aragón: deducción por donaciones

Por donaciones con finalidad ecológica y en investigación y desarrollo científico y técnico: el 20% de las donaciones dinerarias y hasta el 10% de la cuota íntegra [Casilla 870].

Consulta las especificidades y requisitos  

Asturias: deducción por donaciones

Por donación de fincas rústicas a favor del Principado de Asturias: el 20% de las aportaciones con el límite del 10% de la base liquidable [Casilla 888].

Consulta las especificidades y requisitos 

Baleares: deducción por donaciones

Por donaciones a determinadas entidades destinadas a la investigación, el desarrollo científico o tecnológico, o a la innovación: el 25% de las donaciones dinerarias hasta el límite del 15% de la cuota íntegra autonómica [Casilla 0901].

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración empresarial, relativos al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico y al consumo cultural: el 15% de las donaciones con límite de 660 euros anuales tanto en tributación individual como en conjunta. El 25% de las cuantías de las donaciones dinerarias o del valor de las donaciones, de las cesiones de uso o contratos de comodato y de los convenios de colaboración empresarial cuando: el beneficiario del mecenazgo sea la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y los organismos autónomos, las fundaciones, las entidades públicas empresariales. El proyecto o la actividad cultural objeto del mecenazgo constituya un proyecto propio de la Administración de la comunidad autónoma o de sus entidades instrumentales. En estos casos el límite de la deducción aplicable es de 1.200 euros anuales, tanto en tributación individual como en conjunta. [Casilla 902].

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones, cesiones de uso o contratos de comodato y convenios de colaboración, relativos al mecenazgo deportivo: el 15% de las donaciones con límite de 660 euros anuales, excepto para los contribuyentes que hubieran fallecido con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, en cuyo caso el importe máximo se mantiene en los 600 euros [Casilla 904].

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones a determinadas entidades que tengan por objeto el fomento de la lengua catalana: el 15% de las donaciones con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica [casilla 905].

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones a entidades del tercer sector: el 25% de las donaciones sobre una base máxima de deducción de 165 euros anuales, excepto para los contribuyentes que hubieran fallecido con anterioridad al 31 de diciembre de 2022, en cuyo caso el importe máximo se mantiene en los 150 euros  [Casilla 913].

Consulta las especificidades y requisitos 

Por donaciones para paliar los efectos del conflicto de Ucrania sobre las personas: el 50% del valor de los bienes o cuantías dinerarias de las donaciones efectuadas, con un límite de 150 euros por declaración. Se anota en la casilla 0769.

Consulta las especificidades y requisitos

Canarias: deducción por donaciones

Por donaciones con finalidad ecológica: el 10% de las donaciones con un máximo de 150 euros o el 10% de la cuota íntegra autonómica  [Casilla 916].

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias: el 20% de las donaciones con un máximo de 150 euros o el 10% de la cuota íntegra autonómica [Casilla 917].

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones en metálico a descendientes o adoptados menores de 35 años para la adquisición o rehabilitación de su primera vivienda habitual: el 1% de la cantidad donada con el límite máximo de 240 euros por cada donatario [Casilla 921]. El porcentaje sube al 2% (con un límite de 480€ por donatario) y al 3% (con un límite de 720€ por donatario) si el descendiente  o adoptando menor de 35 años tiene una discapacidad del 33% o del 65%, respectivamente.

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia: el 15% de las cantidades donadas [Casilla 934] con el límite del 5% de la cuota íntegra autonómica. La base máxima de deducción es de 3.000 o 50.000 euros, según el tipo de donación.

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones a entidades sin ánimo de lucro [Casilla 0935]. Los contribuyentes tendrán derecho a una deducción adicional a la prevista por los donativos, donaciones y aportaciones a las entidades a quienes se refiere la Ley 49/2002 de acuerdo con la siguiente escala:

Base de deducción

Porcentaje de deducción

Hasta 150

20

Resto base de deducción

15

Tipo incremento por reiteración a una misma entidad

17,5

Consulta las especificidades y requisitos

Cantabria: deducción por donaciones

Por donativos a fundaciones o al Fondo Cantabria Coopera o a Asociaciones que persigan entre sus fines el apoyo a personas con discapacidad: entre el 12% y el 15% de las cantidades donadas [Casilla 951].

Consulta las especificidades y requisitos 

Por inversiones o donaciones a entidades de la Economía Social establecidas en Cantabria: el 20%, 25% o 50% de las cantidades donadas. El límite: el importe máximo conjunto de los tres supuestos contemplados de esta deducción es de 3.000 euros, tanto en tributación individual como en tributación conjunta y ninguna cantidad puede ser objeto de deducción simultáneamente en dos o más de las modalidades de esta deducción. [Casilla 0823].

Consulta las especificidades y requisitos

Catilla-La Mancha: deducción por donaciones

Por cantidades donadas para la Cooperación Internacional al desarrollo y a las entidades para la lucha contra la pobreza, la exclusión social y la ayuda a personas con discapacidad: el 15% de las cantidades donadas con una base de deducción limitada al 10% de la base liquidable del contribuyente [Casilla 962]. Las entidades han de estar inscritas en los registros correspondientes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Consulta las especificidades y requisitos

Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo e innovación empresarial: el 15% de las cantidades donadas con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica [Casilla 964].

Por donaciones de bienes culturales y contribuciones a favor de la conservación, reparación y restauración de bienes pertenecientes al patrimonio cultural de Castilla-La Mancha, y para fines culturales, incluidos en el plan de mecenazgo cultural de Castilla-La Mancha. El 15% de las donaciones siempre que se realicen a favor de la Junta de Comunidades de CLM, las entidades locales, las universidades, centros de investigación y centros superiores de Enseñanzas Artísticas, las entidades sin fines lucrativos inscritas en la región. [Casilla 0763]. La base de estas deducciones no puede exceder del 10% de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente.

Consulta las especificidades y requisitos  

Castilla y León: deducción por donaciones

Por cantidades donadas a fundaciones de Castilla y León y para la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural: el 15% de las cantidades donadas [Casilla 972].

Consulta las especificidades y requisitos

Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación: el 15% de las cantidades donadas [Casilla 973].

La base de ambas deducciones no puede exceder del 10% de la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro.

Cataluña: deducción por donaciones

Por donativos a entidades que fomentan el uso de la lengua catalana o de la occitana: el 15% de las cantidades [Casilla 1001]. El límite máximo de la deducción es el 10% de la cuota íntegra autonómica.

Por donativos a entidades que fomentan la investigación científica y el desarrollo y la innovación tecnológicos: el 25% de las cantidades [Casilla 1002]. El límite máximo de la deducción es el 10% de la cuota íntegra autonómica.

Por donaciones a determinadas entidades en beneficio del medio ambiente, la conservación del patrimonio natural y de custodia del territorio: el 15% de las cantidades donadas con el límite máximo del 5% de la cuota íntegra autonómica. La aplicación de la deducción está condicionada a la justificación documental adecuada y suficiente de los presupuestos de hecho [Casilla 1007].

Especificaciones y requisitos  

Galicia: deducción por donaciones

Por donaciones con finalidad en investigación y desarrollo científico e innovación tecnológica: el 25% de las cantidades dinerarias con el límite del 10% de la cuota íntegra autonómica [Casilla 1031].

Especificidades y requisitos

Madrid: deducción por donaciones    

Por donativos a fundaciones y clubs deportivos: el 15% sin que la base de la deducción pueda exceder del 10% de la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente [Casilla 1049].

Especificidades y requisitos  

Murcia: deducción por donaciones    

Por donativos para la protección del patrimonio cultural de la Región de Murcia o promoción de actividades culturales y deportivas: el 50% de las cantidades aportadas [Casilla 1053].

Por donativos para la investigación biosanitaria: el 50% de las cantidades aportadas [Casilla 1060].

Especificaciones y requisitos 

La Rioja: deducción por donaciones    

Por donaciones irrevocables, puras y simples en materia de mecenazgo:

El 15% de las cantidades destinadas en 2022 a donaciones para la investigación, conservación, restauración, rehabilitación, consolidación, difusión, exposición y adquisición de bienes de interés cultural del Patrimonio Histórico de La Rioja. El límite de la deducción aplicable por contribuyente será de 500 euros anuales o que la suma de las deducciones en materia de mecenazgo no supere el 30% de la cuota íntegra autonómica del sujeto pasivo [Casilla 0251].

El 15% de las cantidades donadas desde el 30 de abril hasta el 31 de diciembre de 2021 para la promoción y estímulo de las actividades de Mecenazgo de la Comunidad Autónoma. El límite de la deducción aplicable por contribuyente será de 500 euros anuales o que la suma de las deducciones en materia de mecenazgo no supere el 30% de la cuota íntegra autonómica del sujeto pasivo.  [Casilla 0250]

El 15 % de las cantidades destinadas a investigación, conservación, restauración, rehabilitación o consolidación de bienes que formen parte del patrimonio histórico de La Rioja. Límite de 500 € anuales. [Casilla 0254]

El 20% de las cantidades donadas  a empresas culturales con fondos propios inferiores a 300.000 euros con domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, para ser empleados en el desarrollo de las actividades. Límite de 500 € anuales. [Casilla 0252]

El 20% del importe a que ascienda la valoración de los bienes culturales de calidad garantizada que hayan sido donados por los autores y creadores de bienes culturales y sus herederos, o sobre los que se constituya por éstos un derecho real de usufructo o depósito temporal sin contraprestación en favor de las instituciones culturales de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Límite de 500 € anuales o que la suma de las deducciones en materia de mecenazgo no supere el 30% de la cuota íntegra autonómica del sujeto pasivo. [Casilla 0253]

Especificaciones y requisitos 

Comunitat Valenciana: deducción por donaciones     

Por donaciones con finalidad ecológica: el 20% de los primeros 150 euros y el 25% del resto del importe de las donaciones [Casilla 1099].

Por donaciones de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano: el 20% de los primeros 150€ y el 25% del resto del importe de las donaciones [Casilla 1100].

Por donativos para la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano: el 20% de los primeros 150€ y el 25% del resto del importe de las donaciones [Casilla 1101].

Por cantidades destinadas por sus titulares a la conservación, reparación y restauración de bienes integrantes del Patrimonio Cultural Valenciano: el 20% de los primeros 150€ y el 25% del resto del importe de las donaciones [Casilla 1102].

Por donaciones destinadas al fomento de la Lengua Valenciana: el 20% de los primeros 150€ y el 25% del resto del importe de las donaciones [Casilla 1103].

Por donaciones o cesiones de uso o comodatos para otros fines de interés cultural, científico o deportivo no profesional: el 25% de las cantidades donadas [Casilla 1112]. En el caso de que el contribuyente se aplique la deducción por donativos realizados a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002, los primeros 150 euros del valor de la donación disfrutarán de una deducción del 20%.

Por donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación y desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de las infecciones producidas por el COVID-19 [casilla 1172]. El derecho a la deducción de la cuota íntegra autonómica se aplicará con los siguientes porcentajes:

Base de deducción

Porcentaje de deducción

Hasta 150

20

Resto base de deducción

25

Por donaciones para contribuir a la financiación de los gastos ocasionados por la crisis sanitaria producida por la COVID-19 [casilla 1173]. El derecho a la deducción de la cuota íntegra autonómica se aplicará con los siguientes porcentajes:

Base de deducción

Porcentaje de deducción

Hasta 150

20

Resto base de deducción

25

Especificaciones y requisitos

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