cuanto_finiquito_me_corresponde.jpg

Liquidación de nómina o finiquito: ¿qué es y cuánto me corresponde?


08.06.2020

Escrito por: Redacción


Tu empresa te ha dado el finiquito y no sabes muy bien si está o no correcto. En este artículo vamos a hablar de este documento y esperamos aclarar tus dudas sobre cuánto finiquito te corresponde por los años trabajados.

¿Qué es el finiquito o liquidación?

Ambos conceptos se usan indistintamente. Cuando se termina una relación laboral, sea por la razón que sea (despido, cese, baja voluntaria, excedencia o fin de obra), la empresa debe entregarte un documento de liquidación o finiquito.

Al presentar este documento, que tiene que ser firmado por la empresa y el trabajador, se acredita que se han liquidado todas las deudas que había pendientes entre ambas partes. El importe que incluya el finiquito dependerá del tiempo trabajado en la empresa, de las vacaciones y otros conceptos.

¿Qué hago cuando he recibido el finiquito?

Muchas veces a este documento se le llama “liquidación, saldo y finiquito”, y es conveniente seguir los siguientes pasos antes de firmarlo:

  • Pedir una copia, sellada por la empresa.
  • Poner la fecha en la que se recibe ese documento, sobre todo muy importante si no se recibe el último día de trabajo.
  • Si tienes dudas de si está bien calculado, escribe “pendiente de revisión”, o “no conforme” si tienes claro que no está bien calculado.
  • Si en ese mismo momento de recibir el documento no te entregan el dinero, conviene añadir “pendiente de recibir” para demostrar que no se ha cobrado el dinero que se indica en el finiquito.
  • Ahora sí, firmarlo.

La empresa debe entregarte el finiquito junto con:

  • El certificado de cotizaciones a la Seguridad Social de los últimos 6 meses
  • Los recibos de salarios del mes en curso
  • Una copia de la baja en Seguridad Social para comprobar el día de la baja.
  • Y la carta de despido (si es el caso).

El finiquito no es lo mismo que la indemnización

Es frecuente confundir ambos conceptos que, en realidad, son diferentes. Si bien ambos documentos se dan al finalizar un contrato, la indemnización es una forma de compensación cuando la relación laboral termina por causas ajenas a la voluntad del empleado, ya sea un despido por causas objetivas o un improcedente..

¿Cómo calcular el finiquito o liquidación?

El finiquito dependerá del salario y otros conceptos. Para calcularlo es importante analizar cada caso concreto y ver si las pagas extra están o no prorrateadas, si hubiera vacaciones pendientes, etc. Conviene que te asesores para comprobar que los cálculos son correctos.

A modo general, para calcular el importe de la liquidación de sueldo deberemos sumar los siguientes conceptos:

  • Salario del mes del despido o fin de contrato. Para el cálculo de los días trabajados en el mes, se divide el salario bruto mensual entre 30 y se multiplica por los días trabajados hasta la fecha de cese.
  • Vacaciones devengadas pero no disfrutadas: en el caso de haber generado días de vacaciones que no se hayan disfrutado antes de finalizarse el contrato, la empresa te los tiene que pagar a razón de  2,5 días por mes trabajado. Ojo, que si fuera al revés y has disfrutado vacaciones por adelantado (más de las que has generado), te las descontarán del finiquito.
  • Parte proporcional de las pagas extras: solo aplica si las pagas no se cobran prorrateadas a lo largo del año dentro del salario (porque en ese caso entran dentro del salario mensual pendiente de pago). El convenio laboral marca si estas se devengan anual o semestralmente.

En el primero, la paga de verano devenga del 1 de julio al 30 de junio del año siguiente y la de navidad, del 1 al 31 de diciembre del año en curso (el trabajador devenga ambas a la hora del finiquito).

En el segundo, cuando el devengo es semestral, la paga de verano devenga del 1 al 30 de junio y la de navidad, del 1 de julio al 31 de diciembre. En este caso, llegado el finiquito según la fecha de cese del trabajador, una la habrá cobrado a su fecha y de la otra, devengará la parte proporcional trabajada en el semestre.

Horas extraordinarias generadas por el trabajador en los últimos 12 meses (si las hubiera)

Indemnización por despido (si la hubiera). El importe variará en función del motivo de extinción.

Indemnización por fin de contrato temporal (caso específico)

Cualquier cantidad que la empresa deba al trabajador y que haya generado a su favor en los últimos 12 meses. Por ejemplo, una bonificación variable, pluses, pagas de beneficios…

BK-167x150_cuentanomina.jpg

¡NUEVO CANAL EN TELEGRAM! Suscríbete ya y recibe en tu móvil noticias y consejos para mejorar tus finanzas.

Suscribirse

Introduzca su correo electrónico para suscribirse.

Introduzca un correo electrónico válido para suscribirse
Por favor, seleccione resumen diario o semanal
simpleCaptcha
Rellena el captcha correctamente
Por favor escribe las letras de la imagen superior.
Debe aceptar la Cláusula de Protección de Datos